Resumen: Se comenta un documento del archivo de la Real Sociedad Económica Aragonesa de Amigos del País de 1782, relativo a los ingresos y gastos que ocasionaban en Aragón las visitas oficiales de inspección a sus farmacias.
Abstract: It is an essay on a document of the archive of the Real Sociedad Económica Aragonesa de Amigos del País of 1782, relating to the income and expenses that occurred in Aragon caused by the official verification visits to their chemists.
Introducción
Trabajando en el Archivo de la Real Sociedad Económica Aragonesa de Amigos del País sobre temas relacionados con la historia de la apicultura española, por casualidad, como ocurre a veces, en la contracubierta de uno de los documentos que consultábamos, nos encontramos con una especie de presupuesto contable de los beneficios que podían obtenerse en la reglamentaria visita a las boticas aragonesas. Se trata de una única hoja escrita con letra de finales del siglo XVIII, fácil de leer a pesar de que en realidad parece tratarse de un simple borrador, carece de firma y se guarda en la caja número 56, correspondiente al año 1782.
Las visitas a las boticas
Antes de analizar el documento objeto de estudio, creemos conveniente recordar el sentido que tenían las visitas a las boticas que periódicamente realizaban las autoridades administrativas, con el objeto de comprobar que cumplían las normas legales que exigía la reglamentación sanitaria en cada momento.
En efecto, prácticamente desde el mismo nacimiento de la farmacia como una profesión bien diferenciada, la sociedad se ocupó en reglamentarla y legislar sobre la misma. Y entre las cuestiones que más preocuparon siempre, estuvo el control de los productos que se elaboraban y dispensaban en las boticas. Al efecto, desde el primer momento se establecieron las “visitas” de las autoridades sanitarias para velar por el cumplimiento de las buenas prácticas profesionales: presencia permanente del farmacéutico, la calidad de las drogas, atenerse a las normas de elaboración de los medicamentos compuestos, control de los precios, etc.
En España en concreto, se legisló repetidamente sobre las visitas de boticas, que solían hacerse todos o casi todos los años, además de cuando lo consideran conveniente justicias y protomédicos, que podían llegar a clausurar la farmacia caso de hallar medicamentos en malas condiciones, etc. En cuanto a la responsabilidad de estas visitas de inspección, mientras en Castilla corría a cargo del Protomedicato, en los territorios de la Corona de Aragón solían ser las propias agrupaciones profesionales quienes las llevaban a cabo, bien sea colegios, cofradías o gremios. De todas formas, fueron tradicionales los enfrentamientos entre el Protomedicato y estas agrupaciones por controlar las visitas. Como veremos enseguida, el dinero que se recaudaba en las mismas hacía muy golosa esta actividad.
Sin embargo el panorama cambiará con la llegada de los Borbones y su afán de centralizar la administración. En 1706 se abolieron los Fueros de Aragón, y en 1716 el Decreto de Nueva Planta extenderá la abolición foral a Cataluña, Valencia y Mallorca, lo que significó que los grandes colegios de farmacéuticos de Zaragoza, Barcelona y Valencia perdieran el privilegio de nombrar a sus representantes para visitar en exclusiva las boticas de su área de influencia.
A partir de entonces los visitadores serán nombrados por el Tribunal del Protomedicato, y no será raro que el título de visitador se conceda en subasta pública, con la consiguiente contraprestación económica para las arcas del Estado. El importe que se pagaba, naturalmente, dependía de la categoría y el número de poblaciones visitadas, en cualquier caso el derecho de visita podía alcanzar a tres generaciones. Tampoco era raro que el visitador delegase en otras personas la inspección de las farmacias, lo que dio lugar a abusos que trataron de cortarse obligando a los visitadores a que las ejecutaran personalmente, salvo casos excepcionales.
Una vez otorgado el título de visitador, debía hacer un depósito de dinero o dejar un aval en las arcas del Protomedicato, para asegurar el pago de los derechos de las visitas, y luego el propio visitador se encargaba de cobrar el importe correspondiente de la visita al propietario de la farmacia inspeccionada. Una parte de lo cobrado era para el visitador y el resto para el Protomedicato. No parece que estos visitadores a contrata fueran demasiado escrupulosos en su cometido, a juzgar por la Instrucción promulgada al efecto por Felipe V en 1743, donde insiste que las visitas deben hacerlas personalmente los visitadores, . no deberán alojarse en casa de los boticarios ni de sus familiares ni recibir de ellos ningún tipo de regalo o gratificación, recibirán juramento de los boticarios para no ocultar nada, . las visitas oficiales se harán cada dos años y no cobraran nada en otras visitas aparte que puedan hacer, exigirán los títulos oficiales de boticario, eliminarán directamente todos los géneros que consideren inapropiados, impedirán el ejercicio de la farmacia a la mujer, a quienes no estén aprobados o tengan más de una botica, así como a quienes simultáneamente ejerzan de médico o cirujano y de farmacéutico, incluso si se trata de parientes en primer grado, y que comprueben el título de propiedad de la botica para evitar contratos o ventas simuladas, en cuyo caso deberán cerrarla[1].
Análisis del documento
En este contexto tuvo lugar el hallazgo del documento que analizamos que, a juzgar por la caja en la que se guarda, el texto fue escrito en 1782 y hace referencia a las 550 boticas que entonces se visitaban en todo el Reino de Aragón, entre seculares, de monasterios y conventos de frailes y monjas, hospitales y droguerías. Se trata de un número muy alto de farmacias las que entonces existían en Aragón, indicativo de las facilidades o pocas exigencias para su establecimiento. No sería de extrañar que se incumplieran a menudo las normas oficiales, sobre todo las relativas a los años mínimos de ejercicio práctico con un farmacéutico examinado y establecido.
Pero al anónimo autor del escrito lo que de verdad de interesa conocer son los posibles beneficios que generaban las visitas oficiales a las boticas. Por ello, considerando que por cada visita se cobraban 9 pesos duros, la inspección de todas suponía para la Junta Visitadora un total de 4.950 duros. Considerando que las visitas se hacían cada dos años, cada año se ingresarían por este concepto la mitad, 2.475 duros.
El negocio se extendía también al control de los exámenes de los futuros boticarios y cirujanos, como el anónimo autor del estudio considera que anualmente venían a hacerse en Aragón 25 de estos exámenes, por cada uno de los cuales se cobraban 100 duros, quedaba para la Junta Examinadora la friolera de 2.500 duros.
Las ramificaciones económicas se extendían también a la venta de farmacopeas y tarifas oficiales, a petitorios y, por supuesto, a las multas que debían pagar las farmacias visitadas por infracciones cometidas, que no debían ser pocas a juzgar por el cálculo de ingresos de este concepto que llegaba hasta los 300 duros. En total los ingresos anuales que generarían las visitas a las farmacias, exámenes a farmacéuticos y cirujanos, ventas de libros oficiales y multas, serían de 5.275 duros.
Mientras tanto, los gastos que estas actividades generaban correspondían a los salarios de visitadores y escribanos a razón de 18 pesetas al día, que durante el medio año que dedicaban a las visitas eran 634 duros.
Así, el beneficio final que quedaba cada año de visitas, con el importe de las multas, exámenes y venta de libros oficiales era al final de 4.641 duros para la Junta Examinadora, si bien en el documento erróneamente se consignan 5.241 duros, debido a una equivocación en las operaciones aritméticas. En cualquier caso se trata de una cifra muy considerable.
Sobre los motivos de hallarse este documento en el archivo de la Económica Aragonesa, se nos ocurre pensar que pudo tratarse de algún análisis financiero encargado por la secretaría de la misma, para conocer el montante económico de la contrata con vistas a hacerla más eficiente o bien para aminorar los gastos de estas inspecciones oficiales. En esta etapa de la Sociedad, al final del periodo ilustrado, se buscaba siempre conseguir mejores servicios a costes más reducidos.
José María de Jaime Lorén, José María de Jaime Ruiz, Eva Blasco Julve
Universidad CEU Cardenal Herrera (Moncada, Valencia)
Centro de Estudios del Jiloca. Calamocha (Teruel)
[1] FOLCH JOU, G. (1986): Farmacia y sociedad. Historia general de la Farmacia. El medicamento a través del tiempo, 2, 487-490. Madrid, Sol